Casación No. 381-2016

Sentencia del 14/09/2016


"...De conformidad con lo anterior y la falencia en que incurrió la casacionista, esta Cámara se ve imposibilitada de entrar a conocer el fondo del recurso, puesto que no tiene elementos para incursionar y resolver con certeza el asunto sometido a su conocimiento, además, no puede suplir de oficio los errores efectuados en el planteamiento por la casacionista, dada la incongruencia entre lo expuesto y lo pedido; ya que si bien es cierto, de conformidad con los antecedentes, en uno de los apartados identifica correctamente la resolución recurrida, la incongruencia la lleva a cabo en las peticiones de fondo, situación que como ya se manifestó, de oficio no puede ser obviado o corregido por el tribunal de casación, ya que es sobre la misma que en sentencia debe esta Cámara pronunciarse, dada la naturaleza técnica y formalista del recurso invocado. Como consecuencia el presente recurso de casación debe ser desestimado, haciendo las demás declaraciones que en derecho corresponden..."